
Manetero especial
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Registrado: 31 Jul 2011, 11:38
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Hablo de motos , no de ciclomotores.
Tengo oído que hay motos en las que , por edad, solo es obligatorio un solo espejo retrovisor.
¿Es cierto ?
En caso de ser cierto , ¿ Podéis decirme donde está el aporte legal?
Tengo oído que hay motos en las que , por edad, solo es obligatorio un solo espejo retrovisor.
¿Es cierto ?
En caso de ser cierto , ¿ Podéis decirme donde está el aporte legal?
A mi en la Vespa 150 S segunda serie enero 1965 solo me exigieron un espejo además el que lleva en la parte baja del escudo.
En principio lo que dice el manual del ITV es que las motos de 250cc en adelante deben de llevar dos espejos
Enduro 360 GC | Enduro 125H | Cota 349 | Vespa Iris | Frontera 370
En la Impala he pasado muuuuchas ITV con un espejo, que es lo que llevaba en su momento.

Manetero especial
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Ya me he enterado.
Según pone en el Manual de Procedimiento de ITV versión 7.7.0. en su página 234 :
1- Motocicletas matriculadas antes de 17 de junio de 2003,, si su velocidad máxima es inferior a 100 km/h, solo el izquierdo es obligatorio.
Si supera los 100 km/h, los dos espejos son obligatorios.
2- Matriculadas después de 17 de junio de 2003, los dos espejos son obligatorios en todo caso.
Por lo que veo, en general , en las ITV. han sido , de aquí para atrás , bastante tolerantes en este tema.
Según pone en el Manual de Procedimiento de ITV versión 7.7.0. en su página 234 :
1- Motocicletas matriculadas antes de 17 de junio de 2003,, si su velocidad máxima es inferior a 100 km/h, solo el izquierdo es obligatorio.
Si supera los 100 km/h, los dos espejos son obligatorios.
2- Matriculadas después de 17 de junio de 2003, los dos espejos son obligatorios en todo caso.
Por lo que veo, en general , en las ITV. han sido , de aquí para atrás , bastante tolerantes en este tema.
Pues sí, porque mi modesta Impala Sport 175, aunque por poco, pasa de 100 km/h, así que según eso debería llevar dos. Pero no, lleva uno y ni un solo comentario en las múltiples ITV que ha pasado

Manetero especial
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Haber se tiene que dar dos cosas, que pase de 100 Km hora, y matriculada del17 de Julio del 2003 en adelante, nuestras clásicas aunque pasen de 100 km están matriculadas antes, por lo tanto un solo espejo del lado izquierdo. y porque lleve dos tampoco te dirán nada en la ITV.
Aqui en Alemania tambien depende del año, no de la velocidad. Pero no me acuerde a partir de que año se necesita el espejo drerecho, creo que antes del 2003
Pues eso no coincide con lo que comenta Ventura:Juan Rodriguez Gonzalez escribió: ↑03 Feb 2024, 18:19 Haber se tiene que dar dos cosas, que pase de 100 Km hora, y matriculada del17 de Julio del 2003 en adelante, nuestras clásicas aunque pasen de 100 km están matriculadas antes, por lo tanto un solo espejo del lado izquierdo. y porque lleve dos tampoco te dirán nada en la ITV.
"1- Motocicletas matriculadas antes de 17 de junio de 2003,, si su velocidad máxima es inferior a 100 km/h, solo el izquierdo es obligatorio.
Si supera los 100 km/h, los dos espejos son obligatorios."
Aunque yo me inclino más por lo que dices tú, ya que las ITV que he pasado con la Impala han sido muchas, y además en 4 ITV diferentes, y jamás han dicho ni mu al respecto

Manetero especial
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ANTES , Juan. Antes de 17 de junio de 2003.
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